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jueves, 28 de noviembre de 2013

Sabido es que, no todos manejamos un lenguaje político para entender de manera definida los problemas y escándalos alrededor de un tema administrativo como lo es por ejemplo, la Feria de PBOT en Ocaña.

Pues bien, y tratando de ayudar en ese sentido, voy a hacer referencia de unos puntos claves para entender mejor este tema que está en boca de todos hoy en la ciudad. 

  1. Desde 1947 se habla de Ordenamiento Territorial. 
  2. El PBOT es el Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Según la norma su objeto es complementar la planificación económica y social con la dimensión territorial. Es decir, conectar el espacio-territorio con las decisiones Político-Administrativas por ejemplo de los planes de desarrollo, políticas públicas o proyectos de infraestructura. Se clasifican en EOT (esquemas) para municipios con menos de 30mil habitantes, PBOT para municipios de 30mil hasta 100mil y POT para distritos y ciudades con más de 100mil habitantes. .
  3. En Ocaña se adoptó en el 2002 y ese estudio se proyectó hasta el año 2011, el cual ha sido modificado y revisado, siendo la última revisión en el año 2008. Es el año 2013 y no se ha presentado en el concejo para ser aprobados los nuevos ajustes.
  4. En el año 2012 se contrató por 285 millones con una Unión Temporal la realización de dichos estudios de revisión y ajustes.
  5. La norma, dice que se deben agotar todos los procesos interinstitucionales, así como también la divulgación y deliberación con organizaciones sociales y comunales para la concertación democrática de las medidas por adoptarse en el nuevo PBOT.
  6. El concejo es quien aprueba y/o modifica dicho estudio y a través de acuerdo municipal se debe adoptar. Pasados 60 días desde la presentación del Plan y la corporación no concluye su adopción, los Alcaldes podrán adoptarlo por decreto.
  7. Varias son las razones que han impedido la presentación de dicho estudio, según la Alcaldía, por los diseños de la Perimetral, por algunos certificados de disponibilidad de servicios públicos y el concepto que debe emitir CORPONOR como autoridad ambiental.
  8. EL PBOT clasifica del suelo en: Suelo de Expansión Urbana, suelo Urbana, Sub Urbano, suelo de protección y suelo Rural.
  9. El suelo Urbano es donde se posibilita la construcción y edificaciones (vivienda) por tener habilitados los servicios públicos y vías. El perímetro de servicios públicos y sanitario no será menor que el perimetro del suelo Urbano.
  10. El Suelo de Expansión Urbana es donde será permitida la expansión de la ciudad en sus proyectos de infraestructura (vivienda) dentro de la vigencia del PBOT.
En el concejo 11 concejales apoyan la Administración, y 9 de ellos están envueltos en el escándalo de la Feria de PBOT. ¿Que se está feriando? Presuntamente los puntos  8, 9 y 10 donde se estipula el perímetro Urbano, espacio donde pueden llevarse a cabo proyectos de vivienda y edificación. Es decir, se exige un pago o soborno para incluir en el PBOT o votar a favor algunas construcciones que vienen adelantándose en Ocaña en terrenos sin licencia ni aprobación en el anterior ordenamiento Territorial.

Espero haber resumido un poco y aclarado un par de dudas. Si desean hacer comentarios o correcciones me pueden escribir al correo alejoapt2013@live.com

M. Alejandro Lemus Mejía.
Adminsitrador Público Territorial
Mi twitter : @alejoelzurdo

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